Los derechos del ciudadano sobre Protección de Datos

El Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado el Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), en lo sucesivo (RGPD), el cual ha entrado en vigor en nuestro país el 25 de mayo de 2016, si bien su cumplimiento solamente ha sido obligatorio transcurridos dos años de dicha fecha, es decir desde el 25 de mayo de 2018.

Esta normativa ha creado un gran conflicto al entrar en vigor, dado que eran todavía muchas las empresas que no se habían adaptado a los nuevos requerimientos. Por ello, para que no coja a nadie desprevenido, Padrón asesorespone a disposición de los clientes su servicio de asesoría especializada en el asesoramiento a profesionales, sobre todo del sector farmacéutico, y que cuenta con un equipo especializado en Protección de Datos, los cuales junto con sus abogados prestan un servicio de protección de datos a todo tipo de empresas y autónomos.

Esta actual normativa describe nuevos derechos para los ciudadanos, veamos:

  • El consentimiento. El consentimiento para poder tratar datos de carácter personal ha de ser inequívoco, libre y revocable, debiendo prestarse mediante una manifestación o acto afirmativo claro del interesado, en la que no se pueden admitir formas de consentimiento tácito o por omisión, ahora bien, existen situaciones en que el consentimiento además de inequívoco, ha de ser explícito, por ejemplo, si se tratan datos sensibles, si se trata de transferencias internacionales o de adopción de decisiones automatizadas.
  • Transparencia e información a los interesados. Las organizaciones al tratar los datos personales deben proporcionar al ciudadano, siempre por escrito, la mayor información posible de una forma precisa, breve, concisa, transparente, inteligente, de fácil acceso y con un lenguaje claro y sencillo, buscando favorecer y facilitar la toma de decisiones por parte del ciudadano. De este modo se intentará evitar las fórmulas especialmente confusas, al mismo tiempo que se buscará informar al ciudadano de una forma accesible y clara con independencia de los conocimientos que este posea en la materia. Para una mayor comprensión por parte del ciudadano la información que se facilita por parte de la organización debe ser por un lado y en primer lugar una información básica y resumida en el mismo momento en que se recogen los datos personales, y por otro lado y posteriormente, siempre antes del plazo de un mes, una información más amplia y detallada que el interesado pueda comprender y guardar para sus posteriores intereses.
  • Derecho de supresión o al olvido. Se podrá revocar el consentimiento dado y ejercitar este derecho en cualquier momento, pudiendo exigir la supresión y eliminación de los datos personales redes sociales, buscadores de internet… o si tus datos han sido tratados ilícitamente, si te has opuesto a que tus datos sean objeto de mercadotecnia directa, si ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados, etc.
  • Derecho a la limitación del tratamiento. Pudiendo el ciudadano solicitar el bloqueo temporal del tratamiento de datos o la suspensión, cuando se han ejercido los derechos de rectificación u oposición, cuando el tratamiento es ilícito o cuando el responsable del tratamiento ya no necesite los datos, pero el interesado solicita la limitación para la formulación y defensa de sus intereses. Como consecuencia de este derecho se impide la práctica habitual de borrar los datos.
  • Portabilidad de los datos. El ciudadano tiene derecho a solicitar la transferencia de los datos personales de un proveedor de servicios de internet a otro.
  • El ciudadano tiene derecho a presentar cualquier tipo de denuncia.
  • El ciudadano podrá solicitar una indemnización por daños y perjuicios derivado del tratamiento ilícito de sus datos personales.

El acceso a la información de las nuevas generaciones

El uso de las nuevas tecnologías se ha convertido a nivel mundial en una herramienta de uso prácticamente universal por parte de los menores de edad. Según un estudio elaborado por Google, FAD y BBVA un 89% de los adolescentes en nuestro país disponen de un teléfono móvil, el 76 % dispone de un ordenador portátil y el 69 % tiene una tablet, lo que nos marca un escenario perfecto de cómo la imparable evolución de internet afecta a toda la sociedad y en especial a los menores de edad, puesto que según estudios realizados su acceso a la red se produce cada vez a edades más tempranas, llegando a ser de uso ya generalizado en la franja de 10 a 15 años. La problemática surge por la gran cantidad de contenidos que se muestran a su alcance, así como el uso que se hace de las redes sociales pudiendo llegar a afectar a su privacidad y a su protección de datos.

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